Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.
NOTICIA:
Las últimas ejecuciones llevadas a cabo en España datan de septiembre de 1975, cuando fueron fusilados Jon Paredes, Ángel Otaegi, José Luis Sánchez Bravo, Ramón García Sanz y Humberto Baena. Con la Constitución de 1978 quedó abolida la pena de muerte, excepto en los casos que la legislación militar establecía en tiempo de guerra. El Código Penal Militar preveía la pena de muerte como pena máxima para casos de traición, rebelión militar, espionaje, sabotaje o crímenes de guerra.
Desde 1995 la pena de muerte está abolida en España. Sin embargo, el Artículo 15 de la Constitución sigue haciendo mención a la misma La Ley Orgánica 11/1995, de 27 de noviembre, que abolía la pena de muerte en tiempo de guerra, vino a completar la abolición y a convertirla en absoluta. Sin embargo, a pesar de que está abolida y teniendo en cuenta que en más de 40 países sus constituciones prohíben expresamente la pena de muerte, Amnistía Internacional considera que la Constitución española debería eliminar la mención a la pena de muerte e incluso prohibir expresamente la aplicación de la misma.
COMENTARIO:
Bajo mi punto de vista no me parece justa que hayan eliminado esta ley, porque en otros países se sigue aplicando. Por ejemplo en América en Estados Unidos y Oceanía en Australia. La justicia esta muy mal arropada y las personas nos aprovechamos de eso. Debería de aplicarse esta ley para aquellas personas que hacen lo mismo. Pienso que con el tiempo desaparecerían muchos ilegalidades y asesinatos viendo que le pueden hacer lo mismo a ellos.
Autor: Inma Ortega
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